COMO ACTUAR ANTE UN ACCIDENTE DE TRAFICO CON LESIONES. PRIMEROS PASOS.
COMO ACTUAR ANTE UN ACCIDENTE DE TRAFICO CON LESIONES. PRIMEROS PASOS.
Por desgracia, los accidentes de tráfico son algo a lo que todos estamos expuestos, y en muchas ocasiones no se sabe cómo actuar una vez ocurre. Saber qué hacer, cómo rellenar un parte amistoso, o los pasos a seguir es fundamental a la hora de reclamar por las lesiones sufridas.
Lo primero que hay que hacer es rellenar la declaración amistosa de accidentes (DAA). Puede ocurrir que el vehículo causante del accidente abandone el lugar sin dar datos y sin tiempo a tomar la matrícula. En este supuesto es FUNDAMENTAL llamar a la policía local o a la guardia civil para que elaboren atestado.
La toma de datos en la DAA es sencilla, pero hay que comprobar que estén bien. Se debe mirar sobre todo que la matrícula del coche contrario sea la correcta.
Es conveniente rellenar todas las casillas. Fecha, lugar, si hay lesionados, los datos, y las casillas centrales. Estas casillas vendrán en gran medida a reconocer la culpa de uno u otro. Cada interviniente rellenará sus circunstancias, y en caso de no estar de acuerdo, se deberá poner en la casilla 14, observaciones. Es conveniente también dibujar un croquis, y por supuesto firmar ambos conductores. La parte de detrás de la DAA no se suele rellenar, la mayoría de veces porque incluso se desconoce que está.
Si vemos que el conductor contrario nos da problemas, no quiere rellenar la DAA, o está en actitud amenazante, deberemos llamar a la policía o guardia civil.
Una vez rellenada la DAA, si algún usuario del vehículo presenta molestias, deberá acudir a un centro médico (hospital, ambulatorio, mutua…), ya que con la entrada en vigor de la ley 35/2015, para poder reclamar lesiones de tráfico hay que justificar haber recibido asistencia médica dentro de las 72 horas posteriores al accidente (artículo 135.1.b).
Con la DAA y el parte médico, ya podemos empezar a reclamar las lesiones. Hay que dar parte a nuestro seguro, sobre todo para los daños en el vehículo. Nuestro seguro tomará las riendas de ambas reclamaciones, la de los daños materiales y la de las lesiones. Los daños materiales lo normal es que se tramiten por convenio entre compañías, y se resuelvan con mayor rapidez. Para las lesiones, cada compañía actúa de una manera. Si queremos que el asunto nos lo lleve un abogado distinto al que nos ponga la compañía de seguros, deberemos comunicárselo por escrito a la compañía. Las pólizas tienen cubierta la asistencia jurídica, si bien la mayoría de aseguradoras pone límites a la designación. Hay que conocerlos, ya que a la hora de meterse en un pleito hay que estar seguros de estar bien asesorados, y en la medida de lo posible, cubiertos. Los límites van desde los 150€, a ilimitado, pasando por 300€, 600€, 3.000€… Cuanto mayor sea la cobertura, mayor tranquilidad tendremos a la hora de designar.
Si elegimos designar Abogado, se le debe entregar la documentación (DAA, hoja de urgencias, y carta de designación sellada por la agencia, correduría, o compañía de seguros), y ya será él quien realice las gestiones para conseguir la indemnización que corresponda.
Antes de la entrada en vigor de la Ley 35/2015, se puede decir que cualquier Abogado podía hacerse cargo de un asunto de lesiones de tráfico. Con la entrada en vigor de esta Ley hay que tener cuidado, y asegurarse bien de que el Abogado que elijamos esté formado en la materia y puesto al día, ya que algo que era relativamente sencillo, se ha vuelto complejo.